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PSOE e IU también llevan a los tribunales el nuevo servicio de recogida de basuras y limpieza

psoe-aytosLos grupos municipales del PSOE e IU han presentado sendos recursos ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales contra los pliegos de condiciones administrativas y de prescripciones técnicas del servicio de limpieza viaria y recogida de basuras que el Ayuntamiento ha sacado a licitación.

 Este mismo Tribunal Administrativo, dependiente del Ministerio de Hacienda, ya declaró en septiembre nulos de pleno derecho los pliegos del denominado “megacontrato”, con el que Román pretendía adjudicar en un solo contrato 11 servicios dispares y por un importe de 270 millones de euros para 20 años.

En esta ocasión, lo que se ventila es un contrato por 15 años y casi 125 millones de euros en total en un solo contrato son cinco servicios –limpieza y recogida de basuras, limpieza viaria, restablecimiento de la normalidad vial tras accidentes de tráfico, recogida de ropa usada y recogida de aceite doméstico usado-, algunos de los cuales estaban en el “megacontrato” anulado. El Grupo Socialista pide en este recurso al Tribunal Administrativo Central, como ya hiciera con ocasión del “megacontrato”, la anulación del procedimiento de adjudicación y, en tanto se toma esa resolución, la suspensión cautelar del mismo.

El Grupo Socialista se opone al fondo del nuevo contrato de recogida de basuras y limpieza viaria porque, según ha explicado la portavoz socialista, Magdalena Valerio, “Román va a empeorar estos servicios, no va a ahorrar nada a la ciudadanía de Guadalajara, va a poner en peligro la continuidad de los más de 120 trabajadores que actualmente están empleados en estas tareas y continúa con su pretensión de dejar el Ayuntamiento vendido a tres grandes empresas durante varias décadas”.

En el recurso presentado se entiende que “los pliegos, tal como están redactados, vulneran varias leyes, entre ellas la Ley de Contratos del Sector Público y la Ley de Economía Sostenible y, para colmo, el equipo de Gobierno municipal del PP va en contra de sus propios actos jurídicos”.

En este sentido, la portavoz socialista ha explicado que “Román ha presentado recurso contencioso-administrativo contra la anulación del llamado “megacontrato”, pero ahora saca a concurso varios servicios que estaban incluidos en ese mismo “megacontrato”, sin esperar la resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha sobre su propio recurso”.

A juicio del Grupo Socialista, “sería mucho más lógico que Román adjudicase estos servicios por uno o dos años, un plazo razonable para que el TSJ resuelva el contencioso-administrativo, en lugar de por 15 años como pretende hacer el alcalde”, porque “podría ocurrir que el TSJ diera la razón al contencioso interpuesto por Román y, entonces, las empresas que se presentaron al “megacontrato” podrían reclamar al Ayuntamiento, que se vería inmerso en un tremendo lío jurídico, que a su vez podría terminar costando mucho dinero a los vecinos de Guadalajara”.

El recurso del Grupo Socialista se basa, además, en otros tres fundamentos jurídicos: los pliegos del procedimiento de adjudicación podrían vulnerar la Ley de Contratos del Sector Público, al seguir mezclando en un solo contrato prestaciones no vinculadas directamente entre sí; vulneran también la Ley de Economía Sostenible, al impedir la libre concurrencia de las pequeñas y medianas empresas; y, por último, no utilizan la modalidad contractual adecuada, ya que optan por el “contrato de gestión de servicios públicos” a través de una concesión para 15 años, cuando lo correcto, al no correr la adjudicataria con el riesgo y ventura de la prestación, sería un “contrato de servicios”, que puede adjudicarse por un máximo de 4 años, prorrogables por dos años más.

iu-maximilianoIU: "Es un contrato de servicios"

En lo que respecta al recurso de Izquierda Unida su portavoz José Luis Maximiliano dice que adquiere especial relevancia la consideración del contrato como contrato de servicios o de gestión de servicio público, ya que esto condiciona la duración: un máximo de cuatro años en el primer caso y un máximo de 25 el segundo y si el proceso de contratación está sujeto o no a regulación armonizada, lo que implica la publicación del mismo en el Diario de la Unión Europea. “El gobierno de Antonio Román lo ha considerado como de gestión de servicio público cuando en realidad estamos ante un contrato de servicios”, afirma.

“Para considerar un contrato de gestión de servicios públicos, el elemento fundamental es que el riesgo de explotación lo tiene que asumir el concesionario. Por ello cobra especial relevancia el sistema de retribución que se haya escogido en los pliegos de condiciones y lo que se desprende de los estudios económicos que acompañan a los mismos. Nosotros sostenemos que en el caso de este contrato no se transmite el riesgo de explotación al concesionario, y esta afirmación viene avalada por el propio anteproyecto económico que se adjunta a los pliegos y que estima que el beneficio antes de impuestos anual es positivo y creciente a lo largo de la contrata y en consecuencia con ello también lo es el Beneficio acumulado”, ha explicado.

Si el Tribunal considerase que en cualquier caso la prestación de gestión de residuos es propia de un contrato de gestión de servicio público, al ser la limpieza viaria un contrato típico de servicios estaríamos ante un contrato mixto. En este caso, explica Maximiliano, “como el contrato de limpieza viaria es el de mayor presupuesto sería de aplicación la normativa del contrato mixto lo que implicaría una duración que no podría superar los cuatro años más dos de posibles prórrogas”.

Por otra parte, informa Maximiliano, también se ha argumentado en el recurso la vulneración del principio de libre concurrencia. Finalmente, el portavoz de IU ha dicho “que se ha solicitado la suspensión cautelar del procedimiento de contratación, mientras se resuelve sobre el fondo del asunto”.

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