El Gobierno regional, con la consejería de Desarrollo Sostenible al frente, del azudense José Luis Escudero, busca un apaño para la ejecución de sentencia de Fraguas, ya saben, la ocupación de un monte de utilidad pública en el lugar donde estuvo el citado pueblo, que ahora pertenece al término municipal de Monasterio. Como es conocido, los seis okupas/repobladores fueron condenados por un delito contra la ordenación del territorio a un año y seis meses de prisión y multa de doce meses, con una cuota diaria de seis euros. Para el supuesto de que por los condenados no se hiciera efectivo el importe de las penas de multa impuestas, y de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Penal, se señala la responsabilidad personal y subsidiaria de los mismos a razón de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas.
Algunos datos más. En su fallo, el juez subraya lo que muchos pensamos, que por muy loables que puedan resultar los fines de los acusados de rehabilitar y repoblar una zona que presenta graves problemas de despoblación, «dichos fines no pueden justificar los medios que han empleado. Dichos medios han consistido en la ocupación ilegal del dominio público y en la vulneración de las normas urbanísticas que regulan la ordenación del territorio. Los acusados, a sabiendas de que las construccionesque pretendían llevar a cabo no podían ser autorizadas, las realizaron sin solicitar licencia alguna», razona la sentencia del Juzgado de lo Penal de Guadalajara.
Extraña que la Junta de Comunidades, si tenía algo que decir al respecto, como entidad denunciante, haya esperado hasta ahora para abordar el asunto y no lo hubiera hecho antes de existir una sentencia al respecto, del citado Juzgado de lo Penal, y que ha adquirido firmeza al ser confirmada por la Audiencia Provincial y ser desistimado el recurso de los condenados. Cualquier solución habría sido más fácil «antes de», por lo que ahora un acuerdo extrajudicial deberá ser validado por la Justicia.
¿Y que pretende la Junta? Oficialmente no dicen nada, amparándose en que el asunto está en el juzgado, aunque hay versiones verosímiles, como la que publicó en redes sociales el periodista Raúl Conde, serrano de pro, que nos habla de que la Administración regional acepta no desalojarlos y no derribar las casas levantadas a cambio del compromiso por parte de los okupas/repobladores de no construir más y limitar su actividad a usos compatibles con el medio natural.
El asunto tiene su miga jurídica, ya que la sentencia da por probado que se ha producido un ilícito penal, el delito contra la ordenación del territorio, y del que se deriva además una responsabilidad civil. En el primer caso, el penal, las fuentes jurídicas consultadas coinciden en que hay un fallo que es inapelable, aunque por el tiempo al que al que han sido condenados no deberían ingresar en prisión de no tener antecedentes, extremo que le desagradaría al consejero y yo creo que a casi todos nosotros. En el caso de la multa estamos hablando de 2.190 euros (una cuota diaria de 6 euros al día), por lo tanto asumible si hay voluntad de pagarla, aunque la sentencia recuerda que en caso contrario en el artículo 53 del Código Penal, se señala la responsabilidad personal y subsidiaria de los mismos a razón de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas.
«A pocos nos gustaría ver a nadie en prisión por esto, ni que una casa reconstuída con respeto a la arquitectura de la sierra fuera pasto de la piqueta.Pero la Consejería debe tentarse la ropa para que ningún ilícito penal pudiera derivar en un beneficio o derecho sobre una propiedad que es pública, es decir de todos nosotros, o se establecería un peligroso precedente por el cual cualquier repoblador bien intencionado podría construirse una finca en cualquiera del centenar de despoblados que existen en la provincia de Guadalajara»
Luego está la responsabilidad civil, que en este caso viene determinada por las obras realizadas en Fraguas, y que esencialmente son una casa reconstruida íntegramente salvo sus cimientos, junto con un corral y un pequeño cobertizo. La sentencia en este caso condena a los seis jóvenes procesados a restituir al lugar a la situación en la que se encontraron, es decir, al derribo de la casa y cobertizo y a pagar los gastos de todo ello, unos 40.000 euros. En ese caso, las fuentes jurídicas consultadas nos dicen que al tratarse de una responbilidad civil, bien pudiera evitarse el derribo si la parte afectada, en este caso la Junta así lo decidiera, con lo que nos evitaría la desagradable escena de una excavadora atacando una casa que respeta la construcción tradicional de la sierra, una imagen que a muchos no nos nos gustaría ver en un telediario.
Queda, por último, el destino de la casa y la finca en cuestión. El fallo judicial en este sentido es muy claro: «Ninguna duda existe sobre que las construcciones realizadas por los acusados no solo no están autorizadas sino que tampoco resultan autorizables», precisa el juez, y añade: «Por obras no autorizables han de entenderse aquellas que no lo pueden ser conforme a la legislación urbanística vigente».
En ese sentido, la Consejería debe tentarse la ropa para que ningún ilícito penal pudiera derivar en un beneficio o derecho sobre una propiedad que es pública, es decir de todos nosotros, o se establecería un peligroso precedente por el cual cualquier repoblador bien intencionado podría construirse una finca en cualquiera del centenar de despoblados que existen en la provincia de Guadalajara. Un asunto muy delicado para Justicia y Junta, porque una cosa es la repoblación de la Guadalajara vacía, que deben impulsar y beneficiar las administraciones con medidas de todo tipo, y otra la alegre ocupación de montes públicos con vocación de permanencia.
Esto es lo que hay. Vamos a ver si esta vez se hacen las cosas sin sacar los pies del tiesto, como dicen en el pueblo.
P.D. En Guadalajara ha anunciado García-Page la puesta en marcha, en colaboración con la Comunidad Autónoma de Canarias, de un proyecto de historia clínica digital pionero en España y que permitirá intercambiar los informes de los usuarios de forma instantánea, facilitando la prestación de servicios sanitarios y mejorando la atención al paciente por parte del profesional sanitario. Es increíble que en un sistema de salud, como el español, que en teoría es nacional, aunque cada autonomía ejerza la competencia, tenga que reproducir pruebas que están en el historial médico del paciente, con el consiguiente retraso para su atención y el aumento del gasto público. Para complicar la vida al ciudadano no se inventaron las autonomías, como algunos nacionalistas se piensan, así que felicidades a los gobiernos de Castilla-La Mancha y Canarias por tener sentido común.